Las nuevas estaciones de gasolina de empresas privadas no necesitarán comprar la gasolina de Petróleos Mexicanos "PEMEX". Lo anterior si la ley de Hidrocarburos es aprobada tal y como está y como está redactada en un borrador.
Para poder instalar una estación de servicio que no sea parte de la Franquicia Pemex será necesario contar con un permiso expendido por la Comisión Reguladora de Energía "CRE", puntualiza el documento. Sera indispensable contar con el permiso respectivo, para la realización de las actividades sin necesidad de tener suscrito un contrato de suministro o franquicia Pemex que señala el documento.
Además lo contrarios vigentes de la Franquicia de Pemex que otorgan permisos para comercialización y que concluyan antes del primero de enero del 2015 serán prorrogados hasta que el órgano regulador esté en posibilidades de dar permisos a despachadores privados, en una fecha que aún está por definirse.
En el caso de los contratos de franquicia cuya vigencia concluya con anterioridad al primero de enero de 2015, se tendrán por ministerio de Ley hasta dicha fecha, momento que surtirán efectos los permisos que expida la Comisión Reguladora de Energía a que se refiere el articulo 42 de esta ley", indica el sexto artículo transitorio
El artículo 42 establece que para llevar a cabo el expendió al público de gas licuado de petróleo, se requería de la autorización previa de la secretaría de Energía "Sener" mientras que para el expendió al público de gas natural comercial y de petrolíferos será necesaria la autorización de la CRE.
Para las empresas o personas físicas que tienen contratos de distribución de gasolina con vigencia porterior al 1 de enero de 2015 no habrá problemas pues lo podrán seguir haciendo, de acuerdo al documento citado.
Los titulares de contratos de franquicia celebrados con pemex y vigentes a la entrada en vigor de la presente ley, así como los que sean celebrados o prorrogados para tener vigencia con posterioridad al 1 de enero de 2015, podrá realizar el expendió al público amparado por dichos contratos, hasta el treinta y uno de diciembre de xxxx siempre que el contrato permanezca vigente, así lo establece la Ley Hidrocarburos.
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